Informes- Términos del trabajo de Auditoría (NIA 210)
La carta de
encargo es el documento en el que se recoge el alcance y los objetivos del
trabajo de auditoria a realizar. Esta carta se desarrolla antes de aceptar el
nombramiento del auditor y en ella se podrá solicitar de la entidad a auditar
todos los datos que considere necesario para preparar la propuesta.
El auditor
acordara los términos del encargo de auditoria con la dirección o con los
responsables de Gobierno de la entidad estos términos se harán constar en la
carta de encargo.
- El objetivo y alcance de la Auditoria de los Estados financieros.
- La responsabilidad del auditor.
- La responsabilidad de la dirección.
- La identificación del marco de información financiera aplicable para la preparación de los estados financieros.
- Una referencia a la estructura y contenido que se espera de cualquier emitido por el Auditor.
COMPRENSIÓN DEL TRABAJO (NIA 210)
Debe existir el
mayor grado de entendimiento acerca del trabajo que se va a ejecutar, de parte
del cliente y de quien presta los servicios de auditoría.
Algunos aspectos
que deben tenerse en cuenta son:
•
El marco de referencia contable
•
El alcance de la auditoría
•
Las responsabilidades de la Auditoría (Aplicación de
las NIA)
• Las responsabilidades de la Dirección de la Compañía
(Preparación de información financiera, acceso a la información, etc.
•
Aspectos administrativos: Planeación, Honorarios,
acuerdos adicionales, entre otros.
Por lo anterior,
es importante que antes de iniciar un trabajo nuevo o recurrente, se asegure
que el cliente aceptó los términos de la propuesta, mediante una carta que
firma el representante legal del cliente en donde indica que está de acuerdo
con los términos de dicha propuesta.
NO ACEPTACIÓN DEL ENCARGO
La NIA 210
indica los siguientes motivos por los cuales el auditor no aceptara el encargo
de auditoria, entre ellos se puede mencionar;
•
Que no se den las condiciones previas a la auditoría,
en este caso el auditor lo discutirá con la dirección.
•
Si determina que no es aceptable el marco de
información financiera que se utilizará para la preparación de los estados
financieros.
•
Si no se ha alcanzado el acuerdo mencionado en el
apartado 6(b): la administración reconoce su responsabilidad en la preparación
de estados financieros acorde a normas internacionales de auditoria.

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