NIA 710 Información comparativa
El auditor de conformidad con esta NIA debe obtener
evidencia sobre la información comparativa que se presenta en los estados
financieros, considerando que dicha información debe estar correctamente
revelada en todos los aspectos importante.
Con los procedimientos de auditoria adecuados el
auditor debe evaluar si los montos de la información comparativa concuerdan con
respecto a los periodos anteriores, y en relación a las políticas contables que
sean uniformes de un periodo a otro.
Si hay una posible incorrección en la información
comparativa el auditor debe emplear procedimientos adicionales para establecer
si existe dicha incorrección. Otro procedimiento adecuado en estas
circunstancias es la solicitud de manifestaciones escritas de los periodos
anteriores.
En el dictamen el auditor dará su opinión refiriéndose
a cada periodo que se presenta en los estados financieros y de los cuales
expresa una opinión de auditoria.
Información comparativa: importes e información a revelar incluidos en los estados financieros y relativos a uno o más periodos anteriores.
Cifras correspondientes a periodos anteriores: información comparativa consistente en importes e información revelada del periodo anterior que se incluyen como parte integrante de los estados financieros del periodo actual.
Estados financieros comparativos: información comparativa consistente en importes e información a revelar del periodo anterior que se incluyen a efectos de comparación con los estados financieros del periodo actual, y a los que, si han sido auditados, el auditor hará referencia en su opinión.

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